NOM-017-STPS-2008: EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL
- PINMEX
- 10 ene 2020
- 4 Min. de lectura
Actualizado: 23 ene 2020
Autor: Maria J. Mendoza
En México muchas empresas tienden a hacerse de la vista gorda con las reglas de seguridad y el equipo de protección y cuando llegan los inspectores simplemente los "endulzan" por decirlo de una manera amable; sin embargo no hay necesidad de hacer esto, cumplir con la norma no es tan complicado y te va a liberar de muchos problemas.
Los trabajadores deben contar con su equipo de protección personal si así lo demanda tu actividad. Este ayuda a prevenir riesgos de accidentes y brindar seguridad.
A continuación algunos pasos para cumplir con la norma; si te interesa saber mas; te recomiendo que visites https://www.procadist.gob.mx/portal/AboutUs, tienen varios cursos acerca de las normas mexicanas.
Obligaciones del patrón:
Mantener y mostrar los documentos de la norma le exija
Identificar y analizar los riesgos de trabajo: esta información se debe registrar y debe contener al menos: Tipo de actividad desarrollada, Tipo de riesgo, Región anatómica proteger, Puesto de trabajo, Equipo de protección requerida
El equipo de protección personal debe cumplir lo siguiente:
Atenúa la exposición a los agentes de riesgo
Ser de uso personal
Acorde a las características físicas de cada trabajador
Que cuente con las indicaciones dadas por el fabricante de revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y disposición final.
El patrón debe:
Comunicar a los trabajadores los riesgos de trabajo a lo que está expuesto de acuerdo a la identificación y análisis de riesgo
Comunicar a los contratista los riesgos y reglas de seguridad del área
Los contratistas deben dar seguimiento a los trabajadores para que portan el equipo de protección personal
Proporcionará capacitación adecuada acerca del equipo de protección personal
Supervisar el personal utilice el equipo de protección durante todo jornada
Identificar y señalar las tareas en donde se requiera uso obligatorio del equipo en base a NOM-026-STPS-1998 .
El trabajador debe:
Participar a la capacitación y adiestramiento
Utilizar el equipo de protección
Revisar al iniciar, durante el final de su trabajo el estado del equipo
Informar al patrón cuando el equipo no lo proteja.
El equipo de protección debe preferentemente contar con la certificación emitida por un organismo certificación en los términos de la ley federal sobre metrología y normalización, organismos reguladores, normas mexicanas.
Determinación del equipo de protección personal según región anatómica.
Cabeza: Casco contra impacto, Casco dieléctrico, Capuchas
Ojos y cara: Anteojos de protección, Googles, Pantalla facial, Careta de soldador, Gafas soldador
Oído: Tapones auditivos, Conchas acústicas
Aparato respiratorio: Respirador contra particular, Respirador contra gases y vapores, Mascarilla sencilla, Equipo de respiración autónomo
Extremidades superiores: Guantes contra sustancias químicas, Guantes dieléctrico, Guantes contra temperatura extrema, Mangas
Tronco: Mandil contra alta temperatura, Mandil contra sustancias químicas, Overol, Bata, Ropa contra sustancias peligrosas
Extremidades inferiores: Calzado ocupacional, Contra impacto, Calzado conductivo, Calzado dieléctrico, Calzado contra sustancias químicas, Polainas, Botas impermeables
Otros: Protección contra caídas de altura, Equipo para brigadista contra incendio
El equipo de protección personal para cada puesto de trabajo debe estar registrado una tabla que contenga la región anatómica específica que se va cubrir y el puesto de trabajo.
Aspectos a verificar durante una evaluación de conformidad:
Disposición 5.2
Comprobación documental
El patrón cumple cuando presenta los registros de identificación y análisis de riesgos por cada puesto de trabajo y área del centro laboral; especificando al menos: tipo de actividad desarrollada, tipo de riesgo, región anatómica proteger, puesto de trabajo, equipo de protección requerida.
Disposición 5.3
comprobación documental
Cumple cuando presenta evidencias de que determino el equipo de protección personal que utilizan los trabajadores en función de los riesgos de trabajo a los que son expuestos por la actividad que desarrolla o por los riesgos de las áreas en donde se encuentra.
Disposición 5.4
comprobación documental y física
Presenta evidencia de que proporciona equipo de protección a trabajadores y demuestra que el equipo de protección cumple.
Disposición 5.5
comprobación documental
Cumple cuando presenta evidencias de que comunica a los trabajadores los riesgos de trabajo de acuerdo a lo establecido.
Disposición 5.6
comprobación documental
Cumple cuando presenta evidencias de que proporciona capacitación a trabajadores para el correcto uso del equipo de protección de acuerdo a lo establecido por fabricante.
Disposición 5.5.1
comprobación documental
Cumple cuando presentaría desde que comunicó al contratista los riesgos y reglas de seguridad del área
Disposición 5.5.2
comprobación documental
Cumple cuando presenta evidencia de que los contratistas que desarrollan trabajos en la empresa da seguimiento sus trabajadores para que porten el equipo de protección y cumpla la norma.
Disposición 5.7
comprobación documental y física
Cuando el un recorrido se constate el uso del equipo de protección por parte de los trabajadores en base a su adiestramiento y capacitación.
Disposición 5.8
comprobación física
Cuando de acuerdo recorrido se constata que las áreas correspondientes se señala la obligación del uso del equipo de protección y está acorde a la norma 026
OTRAS NORMAS MEXICANAS DE SEGURIDAD.
NMX-S-002-SCFI: Seguridad- respiradores purificadores de aire de cartuchos químicos- especificaciones y métodos de prueba.
NMX- S- 056- SCFI: Seguridad-EPP-protectores faciales contra impactos- requisitos y métodos de prueba.
NOM-113-STSPS-1994: calzado de protección.
NOM-115-STPS-1994: Casco de protección- especificaciones, método de prueba y clasificación.
NOM-116-STPS-1994: Seguridad-respiradores purificadores contra partículas nocivas
NOM-026-STPS-1998: colores y de seguridad e higiene- identificación de riesgos por fluidos conducidos en tubería
NOM-052-SEMARNAT- 2005: características, procedimientos, identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos.
NOM-087- ECOL- SSA- 2002: Residuos biológicos infecciosos- clasificación especificaciones de manejo
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